El sistema Judicial y Legal de la
República de Cuba se suscribe en las tradiciones y características del Derecho
Continental Europeo del que tomó las correspondientes instituciones judiciales aún
cuando, en su elaboración concreta y particular, tuvo en cuenta las condiciones sociales,
culturales y jurídicas prevalecientes en la sociedad cubana contemporánea.
La Constitución de la República de
Cuba, aprobada en el año 1976 en referéndum popular por el 97% de los ciudadanos de la
nación, es la norma jurídica de mayor nivel y es la que determina los órganos con
capacidad legislativa y los principios y fundamentos del contenido de las leyes.
Cuba es un Estado Socialista de
Trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como
república unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia
social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana.
En la República de Cuba la soberanía
reside en el pueblo, del cual dimana todo el poder del Estado. Ese poder es ejercido
directamente o por medio de las Asambleas del Poder Popular y demás órganos del Estado
que de ellas se derivan, en la forma y según las normas fijadas por la Constitución y
las leyes.
ASAMBLEA
NACIONAL:
La Asamblea Nacional del Poder Popular es
el órgano supremo del poder del Estado. Representa y expresa la voluntad soberana de todo
el pueblo.
La Asamblea Nacional del Poder Popular es
el único órgano con potestad constituyente y legislativa en la República de Cuba. Los
diputados que la integran son electos por el voto secreto y directo de los ciudadanos.
PRINCIPIOS
FUNDAMENTALES DEL SISTEMA JUDICIAL:
- La independencia absoluta de los jueces, individualmente y de todo el sistema de Tribunales, en la función de impartir justicia.
- La naturaleza social de la justicia es determinada principalmente por la incorporación de jueces no profesionales a las funciones judiciales junto a los jueces profesionales. En Cuba hay un juez profesional y 17 legos por cada diez mil habitantes.
- El carácter electivo de todos los jueces (profesionales y no profesionales) como formula viable para garantizar la intervención de la sociedad en la misión de impartir justicia.
- La igualdad absoluta de todas las personas ante la ley.
- La integración colegiada de los Tribunales en todos los actos de justicia, cualesquiera que sean la instancia judicial y la naturaleza del asunto.
- La doble instancia en el conocimiento y decisión de todos los asuntos judiciales, determinada esencialmente por la recurribilidad de todas las resoluciones dictadas por los tribunales.
TRIBUNALES
POPULARES:
Los Tribunales constituyen un sistema de
órganos estatales. La función de impartir justicia dimana del pueblo y es ejercida en su
nombre por:
- El Tribunal Supremo Popular.
- Los Tribunales Provinciales Populares.
- Los Tribunales Municipales Populares
- Los Tribunales Militares
El Tribunal Supremo Popular ejerce la
máxima autoridad judicial y sus decisiones son definitivas.
FISCALIA
GENERAL:
- La Fiscalía General de la República es el órgano del Estado al que corresponde, como objetivo fundamental, el control y la preservación de la legalidad y la promoción y el ejercicio de la acción penal publica en representación del estado.
- La Fiscalía General de la República constituye una unidad orgánica, subordinada únicamente a la Asamblea Nacional del Poder Popular y al Consejo de Estado.
- Los órganos de la Fiscalía están organizados verticalmente en toda la nación, subordinados sólo al Fiscal General.
- La Fiscalía esta estructurada de la forma siguiente:
- Fiscalía General de la República
- Fiscalías Provinciales
- Fiscalías Municipales
- Fiscalía Militar
MINISTERIO DE
JUSTICIA:
Es el organismo de la Administración
Central del Estado encargado de:
- Dirigir, ejecutar y controlar la política jurídica de la nación.
- Procurar el mejoramiento del trabajo jurídico en la esfera de la economía nacional y el continuo perfeccionamiento del orden legal.
- Estudiar, proponer y dirigir la sistematización de las leyes.
- Comprobar y evaluar la eficacia de las leyes.
- Dirigir y controlar metodológicamente la actividad notarial y registral.
- Determinar la demanda y asignación de los graduados universitarios en Derecho.
- Contribuir a la divulgación jurídica.
- Dirigir la Gaceta Oficial de la República.
el sistema juridico de cuba, socialista, se me hace que hay que admirarle algo, el hecho de que estando en un mundo capitalista, y bajo la presion de tantos paises, se haya podido mantener con este sistema por tanto años.
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