Se refiere exclusivamente al derecho que se aplicó en las tierras conquistadas por España y repartidas por el papa Alejandro VI
El derecho castellano fue el que se aplico en las Indias, en primera instancia, la Novísima Recopilación, que contenía las nuevas recopilaciones, y ésta a su vez, las Leyes del Toro y la Ordenanza de Alcalá.
Ante
el maltrato de los españoles hacia los indígenas; Fray Bartolomé de las
Casas inicia un movimiento en contra de la posesión de tierras
conquistadas, pero el movimiento muere en seguida con el autor en 1566.
Las
leyes nuevas se promulgaron en 1542, por el emperador de Barcelona a
instancias de Bartolomé de las Casas, por el incumplimiento a la ley de
1512y en especial a la encomienda.
Los
colonos protestaron por estas leyes, surgiendo conatos de
independencia, las cuales fueron derogadas, consolidándose
definitivamente la heredictariedad de la encomienda, la cual condenaba a
los indios en esclavitud.
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