Posee un
sistema democrático, todos los Ciudadanos tienen derecho de elegir y ser
elegidos, el emperador es el símbolo más importante de Japón y de la unidad del
pueblo, en quien reside el poder soberano.
Las funciones del emperador, está la ratificación del Primer Ministro que haya
designado la Dieta, previo consejo y aprobación del Gabinete, puede nombrar al
presidente de la Corte Suprema; promulgar leyes, órdenes ministeriales y
tratados; convocar a la Dieta; disolver la cámara de representantes y otras
funciones protocolarias, como son recibir embajadores, ministros y jefes de
Estado, el trono es dinástico y se hereda de padre a hijo.
LEGISLATIVO
El poder legislativo es representada por la Dieta, que es el más alto órgano de
poder del Estado y el único que promulga las leyes, compuesta de dos cámaras,
la primera de Representantes, con 512 miembros, con periodos de cuatro años,
electos a través del sufragio popular; y la segunda cámara, la de Consejeros,
integrada de 250 miembros, elegidos por un periodo de seis años.
Las dos cámaras tienen casi el mismo poder, pero algunos casos excepcionales,
la decisión de la cámara de Representantes prevalece sobre la de Consejeros.
EJECUTIVO
El poder Ejecutivo está depositado en el Gabinete, formado por el Primer
Ministro y por el Consejo de Ministros compuesto por veinte miembros, este
órgano será responsable ante la Dieta. El Primer Ministro, tiene la facultad de
nombrar a los secretarios de Estado, y los puede destituir de manera
discrecional.
El Primer Ministro debe ser un civil, generalmente es el presidente del partido
mayoritario en el poder, y es designado de entre los miembros de la Dieta, por
ser una resolución de esta y es ratificado por el emperador.
JUDICIAL
El Poder Judicial, es independiente de los otros poderes y goza de autonomía,
compuesto por la Corte Suprema, Tribunales Superiores, Tribunales de Distrito,
Tribunales Familiares y Sumarios.
La Corte Suprema esta integrada por un magistrado presidente que es elegido por
el emperador y catorce magistrados, que son nombrados por el Gabinete de una
lista de personas que elabore la Corte Suprema.
La Corte Suprema, es compuesta por tres salas, cada una formada por cinco
magistrados, funcionando en salas, pero existen casos en los que la corte
funciona en pleno como en los siguientes casos:
- Casos de apelación relativos a un asunto constitucional cundo no hay
precedente en la Corte Suprema.
- Casos de apelación relacionada con un punto no constitucional de ley en los
cuales una sala ha encontrado apropiado sobreseer un precedente de la Corte
Suprema;
- Casos envidados por una sala porque se consideran de gran importancia;
- Casos en los que la opinión de los jueces de la Sala han terminado en empate.
La Corte
Suprema determina en última instancia la Constitucionalidad de cualquier ley,
norma o reglamento.
El Tribunal Superior, es un órgano colegiado integrado por tres jueces, y
funciona como tribunal intermedio de apelación, excepto cuando funciona como
tribunal de último recurso en asuntos civiles menores y cuando tiene
jurisdicción original en casos de insurrección, así como en algunos casos
administrativos.
Los Tribunales de Distrito, tiene jurisdicción original, excepto cuando conocen
de apelación sobre las decisiones de los juzgados sumarios en asuntos civiles,
estos tribunales pueden estar integrados por uno o por tres jueces, según la
naturaleza del caso.
Los Tribunales Familiares conocen de casos civiles, relacionados con asuntos de
carácter doméstico y juveniles. El titular del tribunal es uno sólo juez, pero
la mayoría de los asuntos, primero deben ser escuchados por un cómite de
conciliación formado por tres personas: un juez y dos comisionados de
conciliación que no necesitan ser abogados. Solo cuando no se llega a un
arreglo entre las partes se puede iniciar un procedimiento judicial.
Los Tribunales Sumarios ventilan casos menores, los cuales son manejados por un
solo juez; casi la mitad de los jueces de estos tribunales no son abogados
calificados, sino que se les nombra para ese puesto después de haber trabajado
varios años dentro de la judicatura en puestos menores.
Japon tiene un sistema muy interesante, porque al mezclar su tradicion con un sistema de tres poderes, resulto una combinacion muy peculiar, pero que funciona muy bien tan es asi que japon se podria decir que es una potencia.
ResponderEliminar