lunes, 21 de noviembre de 2011

Division de Poderes en Libano

Poder ejecutivo

El Presidente, el cual es elegido por el Parlamento para un ejercicio de 6 años. Según la Constitución del Líbano debe ser un cristiano maronita, independientemente del partido político.
El Presidente junto con el Parlamento elige al Primer Ministro, que debe ser un musulmán suní. A su vez, el portavoz de la cámara debe ser un musulmán chií.

Este sistema confesional está basado en el censo de 1932, momento en el que los cristianos maronitas conformaban la mayoría de la población libanesa.
Hoy en día, este grupo supone un 40% de la población, siendo el restante 60% musulmanes, bien chiitas (27% aproximadamente), sunitas (24%) y drusos (5%)


Poder legislativo

El poder legislativo recae en el Parlamento del Líbano, denominado Asamblea de Representantes.

La distribución de los 128 escaños se divide entre los distintos partidos de acuerdo a los resultados electorales, pero nuevamente se deben respetar las proporciones definidas para cada religión.
En 1989 se firmó el acuerdo de Taif, en el cual se hizo una redistribución de los escaños, igualando el número de representantes cristianos y musulmanes.

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